La Asociación Cultural "ROMA ÆTERNA", encargada de la adminstración
de la Capilla de Nuestra Señora de la Merced (Calle Laforja, 21, Barcelona)
para promover en ella el culto conforme a la Liturgia Romana clásica, desea
hacer las siguientes puntualizaciones:
1 - La Capilla de la Merced es un templo Católico-Romano. Por lo
mismo, se reconoce y acata la Suprema Autoridad del Sumo Pontífice Juan
Pablo II así como la jurisdicción del Sr. Arzobispo diocesano y no se
tolerará ninguna manifestación que las ponga en cuestión o las discuta.
2 - Al amparo del Motu proprio "Ecclesia Dei adflicta" dado por Su
Santidad Juan Pablo II en 1988, el culto en la Capilla de la Merced se
desarrolla con arreglo a los libros litúrgicos en vigor en 1962. A tenor
del mismo documento y de las Normas de la Comisión Cardenalicia de 1986, las
lecturas de la Misa se podrán decir en lengua vernácula. De oridinario se
dirá la Epístola en castellano y el Evangelio en catalán. En la misma linea,
está absolutamente prohibido mezclar ritos, especialmente por lo que toca a
las lecturas de la Misa.
3 - El calendario a seguir es el anterior a la reforma de 1970. Se observará
el calendario de la Iglesia Universal con las variaciones del propio de la
Archidiocesis de Barcelona. No obstante, se podrán tomar del calendario
reformado las festividades de nuevos santos canonizados.
4 - Cualquier sacerdote que exiba un "celebret" concedido por un obispo
legítimo está autorizado a decir o cantar la misa en la Capilla de la Merced.
5 - Los sacramentos que requieren jurisdicción, tales como la Penitencia
y el Matrimonio, serán administrados sólo por sacerdotes que la tengan o que reciban
la legítima delegación de quien corresponda.
6 - Las limosnas que se recojan durante las colectas de las misas serán
destinadas integramente al sostenimiento del culto (formas, vino, cera,
incienso, carbón), así como a la conservación y renovación del ajuar y del
mobiliario litúrgicos de la Capilla.
7 - Habrá una Misa Mayor con sermón todos los domingos y fiestas de
guardar, que ha de ser por lo menos cantada. En las solemnidades mas
importantes la Misa será solemne.
8 - En las misas cantadas y solemnes, se ajecutará preferentemente el
canto gregoriano según los libros auténticos y con acompañamiento de
órgano. Podrá recurrirse también a la polifonia clásica. A tal efecto, se
instituirá una "schola cantorum", de la que podrá formar parte cualquier
fiel que lo solicite. Serán admitidos himnos populares en el ofertorio y
durante la comunión de los fieles en la Misa y en las procesiones, exposiciones
del Santísimo y funciones extralitúrgicas.
9 - La comunión se recibirá de manos del sacerdote de rodillas y en la
lengua. Por razones de salud o de edad provecta se permitirá comulgar de
pie. Bajo ningún concepto se permitirá la comunión en la mano.
10 - Los fieles son urgidos a observar la mayor corrección en el recinto
sagrado. Se prohibe terminantemente hablar en voz alta o murmurar
innecesariamente por la falta de respeto hacia Dios y el estorbo para el
recogimiento y la oración que ello conlleva. Para charlar podrá emplearse el
corredor contíguo a la nave del templo. Asimismo, se recomienda a las damas
el uso del velo o mantilla.
11 - Serán admitidos a servir la misa niños varones que sepan las
respuestas del ministro y tengan las nociones mínimas de las ceremonias
litúrgicas. Ordinariamente deberán revestirse de sotana y sobrepelliz, lo
mismo que los clérigos. Las mujeres pueden responder a la Misa, a falta de
sirviente varón, pero no pueden subir al presbiterio.
12 - Todos los que participen en los oficios que tengan lugar en la
Capilla (celebrante, ministros y sirvientes), deben acudir a ella por lo
menos media hora antes de su inicio.
13 - Se llevará un registro de las misas encargadas por los fieles y se
publicará semanalmente en el boletín de la Capilla la relación de aquellas
que toque celebrar dentro de la semana.
14 - Las misas dominicales y de fiestas de precepto se aplicarán
invariablemente "pro pópulo".
